Revisión editorial del 1 de octubre de 2026. Se conserva la fecha original. Esta guía usa el artículo 6, el Anexo III y el calendario de aplicación de la Comisión Europea. Comprueba el texto vigente y el caso concreto antes de tomar una decisión jurídica.
Un sistema de IA que se usa en un banco, hospital o empresa de selección no es automáticamente de alto riesgo. La clasificación depende de su finalidad prevista y de si encaja en un supuesto del Reglamento de IA. El artículo 6 establece dos vías: ciertos productos o componentes de seguridad relacionados con el Anexo I, y los usos enumerados en el Anexo III. Esta guía se centra en la segunda.
Los ocho ámbitos del Anexo III
El anexo enumera casos de uso, no sectores enteros. Sus ocho ámbitos son:
- Biometría: determinados sistemas de identificación remota, categorización o reconocimiento de emociones, cuando su uso esté permitido por el Derecho aplicable.
- Infraestructura crítica: componentes de seguridad en infraestructura digital crítica, tráfico vial o suministro de agua, gas, calefacción y electricidad.
- Educación y formación: acceso a centros, evaluación de resultados, asignación de nivel educativo y vigilancia de conductas prohibidas durante pruebas.
- Empleo y trabajadores: selección de candidatos, anuncios dirigidos, decisiones sobre condiciones o terminación del trabajo, asignación de tareas y evaluación del desempeño en los supuestos descritos.
- Servicios esenciales: determinadas prestaciones públicas, evaluación de solvencia, seguros de vida y salud, clasificación de emergencias y triaje sanitario.
- Aplicación de la ley: usos específicos de autoridades competentes para evaluar riesgos, pruebas o personas, siempre dentro de los límites legales.
- Migración, asilo y fronteras: evaluaciones y asistencia en decisiones o identificación en los supuestos que enumera el anexo.
- Justicia y procesos democráticos: asistencia a autoridades judiciales en la aplicación de la ley a hechos concretos y ciertos sistemas dirigidos a influir en elecciones o referendos.
Por ejemplo, una herramienta destinada a filtrar solicitudes de empleo encaja en un supuesto descrito en el ámbito laboral. Que otra empresa use IA para redactar un correo interno no demuestra, por sí solo, que el Anexo III le aplique. Hay que examinar la función real, las personas afectadas y el papel de la salida en la decisión.
La excepción del artículo 6(3) no es automática
El artículo 6(3) contempla una excepción limitada para ciertos sistemas del Anexo III que no presentan un riesgo significativo de daño; la falta de influencia material en una decisión es una consideración expresamente mencionada. El texto enumera tareas procedimentales estrechas, mejora de una actividad humana ya completada, detección de patrones sin sustituir una evaluación humana y tareas preparatorias. No basta con llamar al sistema «asistente»: importa lo que hace en la práctica. Además, un sistema del Anexo III que elabora perfiles de personas físicas se considera de alto riesgo conforme al propio artículo.
Si un proveedor concluye que su sistema entra en esa excepción, debe documentar la evaluación antes de comercializarlo o ponerlo en servicio y cumplir las obligaciones de registro que correspondan. Esa conclusión puede ser revisada por la autoridad competente. La organización que despliega el sistema no debería adoptar la conclusión del proveedor sin entender el uso real en su contexto.
Alto riesgo y práctica prohibida son preguntas distintas
Antes de aplicar una lista de obligaciones de alto riesgo, comprueba si el uso está prohibido por el artículo 5. Algunas prácticas biométricas o de reconocimiento de emociones tienen prohibiciones específicas. No se vuelven admisibles por cumplir requisitos de documentación de alto riesgo. Lee nuestra guía del artículo 5 y las prácticas prohibidas para separar ambas preguntas.
¿Cuándo se aplican estas reglas?
Según el calendario de la Comisión Europea, las reglas para sistemas de alto riesgo del Anexo III se aplican desde el 2 de diciembre de 2027; las de alto riesgo integrados en productos regulados, desde el 2 de agosto de 2028. Otras partes del Reglamento ya se aplican. Estas fechas no convierten en permitida una práctica prohibida ni sustituyen la comprobación de obligaciones que ya estén vigentes.
Si el sistema es de alto riesgo, conviene distinguir quién lo provee y quién lo despliega: los artículos 16 y 26 asignan deberes diferentes. Comprar una herramienta no atribuye automáticamente al comprador todas las obligaciones del proveedor.
Una revisión inicial que deja rastro
Para llevar el caso a una persona responsable, reúne seis datos: finalidad prevista; función real; personas y decisiones afectadas; supuesto preciso del Anexo III; posible prohibición del artículo 5; y rol de cada organización. Si alguien propone aplicar la excepción del artículo 6(3), pide la evaluación documentada y comprueba que describe ese sistema, no una categoría genérica de herramientas.
Fencia puede ordenar documentos y posibles hallazgos frente a requisitos seleccionados de su registro de cobertura. La clasificación jurídica final, la evaluación formal de conformidad y la decisión sobre una excepción requieren revisión humana. Consulta el alcance actual de Fencia para el EU AI Act antes de iniciar una revisión.
Fuentes primarias consultadas: artículo 6, Anexo III y calendario de aplicación de la Comisión Europea. El texto del Reglamento y sus modificaciones prevalecen sobre esta explicación.