Nota editorial, 22 de septiembre de 2026: este artículo se publicó el 5 de abril de 2026. Su versión original atribuía a agosto de 2026 la aplicación de los requisitos de alto riesgo del Anexo III y a agosto de 2027 los del Anexo I. Esas fechas quedaron desactualizadas con la modificación legislativa de 2026. Conservamos la fecha de publicación y corregimos el calendario con la cronología oficial del Consejo de la UE y el texto del Reglamento en EUR-Lex.
Una ley con fechas distintas según la obligación
El Reglamento (UE) 2024/1689 entró en vigor el 1 de agosto de 2024. No todos sus capítulos empezaron a aplicarse entonces. La fecha que importa para una organización depende de la obligación, del tipo de sistema y de si actúa como proveedor, responsable del despliegue u otro operador.
| Fecha | Hito principal |
| 2 de febrero de 2025 | Aplicación de las disposiciones sobre prácticas prohibidas y alfabetización en IA. |
| 2 de agosto de 2025 | Aplicación de las disposiciones principales sobre modelos de IA de propósito general (GPAI) y otras partes previstas para esa fecha. |
| 2 de agosto de 2026 | Aplicación de la mayoría de las demás disposiciones del Reglamento, con las excepciones modificadas en 2026. |
| 2 de diciembre de 2026 | Nuevo plazo indicado por el Consejo para ciertas soluciones de transparencia sobre contenido generado artificialmente. |
| 2 de diciembre de 2027 | Aplicación aplazada de los requisitos para sistemas de alto riesgo autónomos del Anexo III. |
| 2 de agosto de 2028 | Aplicación aplazada de los requisitos para sistemas de alto riesgo incorporados en productos del Anexo I. |
El Consejo comunicó el 29 de junio de 2026 la aprobación final de la modificación que fija los dos últimos plazos. El aplazamiento de estos requisitos no significa que todo el Reglamento haya quedado suspendido ni que las obligaciones ya aplicables puedan ignorarse.
Qué revisar en cada organización
- Identificar sistemas y papel de la empresa. El mismo sistema puede generar responsabilidades diferentes para un proveedor y para quien lo despliega.
- Comprobar prohibiciones y obligaciones ya aplicables. No esperar a 2027 para revisar prácticas prohibidas, alfabetización en IA o las reglas GPAI que correspondan.
- Examinar si un sistema entra en el Anexo III o el Anexo I. La clasificación requiere contexto jurídico y técnico; aparecer en una categoría no resuelve por sí solo todas las excepciones o deberes.
- Planificar la documentación y revisión humana. Las fechas aplazadas dan tiempo para preparar pruebas y controles, no una garantía de que una evaluación posterior será positiva.
- Verificar el texto vigente antes de una decisión. Las fechas y reglas pueden volver a modificarse; consultar la versión actual en EUR-Lex y asesoramiento especializado.
Fencia puede ayudar a revisar documentación frente a requisitos seleccionados del EU AI Act y a mantener posibles hallazgos ligados a su fuente. No clasifica de forma definitiva un sistema, no evalúa la conformidad completa ni sustituye la decisión legal de tu equipo.
Fuentes oficiales: Consejo de la UE, cronología del Reglamento de IA; Reglamento (UE) 2024/1689 en EUR-Lex.