Nota editorial, 24 de septiembre de 2026: conservamos la fecha original. Actualizamos el calendario, que atribuía a agosto de 2026 la aplicación completa de los requisitos de alto riesgo, y retiramos una afirmación universal sobre cualquier SaaS con IA. El Consejo de la UE recoge la modificación de 2026 y sus fechas aplazadas.
El Reglamento (UE) 2024/1689, conocido como EU AI Act o Ley de IA de la UE, entró en vigor el 1 de agosto de 2024. Regula determinadas prácticas, sistemas de IA y modelos de propósito general. Sus obligaciones dependen del tipo de sistema, el papel de la organización y la fecha de aplicación de cada disposición.
Empieza por el papel, no por una etiqueta
El reglamento distingue proveedores, responsables del despliegue, importadores, distribuidores y otros operadores. Desarrollar un sistema y utilizar uno ajeno no supone automáticamente el mismo conjunto de deberes. También hay reglas territoriales para ciertos sistemas o resultados usados en la UE; vender un SaaS a un cliente europeo no demuestra, por sí solo, qué artículos aplican a una función concreta.
Registra quién desarrolla el sistema, quién lo pone en el mercado, quién lo utiliza y con qué finalidad. Esa descripción permite evaluar el alcance antes de asignar obligaciones.
Qué tipos de riesgo conviene revisar
- Prácticas prohibidas: el artículo 5 enumera usos concretos sujetos a prohibición y excepciones. No toda biometría ni toda personalización pertenece a esta categoría.
- Sistemas de alto riesgo: el artículo 6 relaciona los productos del Anexo I y determinados usos del Anexo III, con condiciones y excepciones. Estar cerca de un sector listado no convierte automáticamente cualquier sistema en alto riesgo.
- Obligaciones de transparencia: algunos sistemas tienen deberes específicos de información, por ejemplo en determinadas interacciones o contenidos generados artificialmente.
- Otros usos: pueden quedar fuera de los requisitos de alto riesgo, sin que eso elimine otras normas aplicables, contratos o deberes de protección de datos.
La clasificación debe documentarse para el uso real y revisarse cuando cambien el sistema o su finalidad. Una herramienta puede organizar indicios, pero no emitir una conclusión legal automática.
Calendario después de la modificación de 2026
| Fecha | Hito general |
| 1 de agosto de 2024 | Entrada en vigor del Reglamento. |
| 2 de febrero de 2025 | Aplicación de las reglas sobre prácticas prohibidas y alfabetización en IA. |
| 2 de agosto de 2025 | Aplicación de las principales disposiciones sobre modelos GPAI y otras previstas para esa fecha. |
| 2 de agosto de 2026 | Aplicación de la mayoría de las demás disposiciones. |
| 2 de diciembre de 2027 | Fecha aplazada para requisitos de sistemas autónomos de alto riesgo del Anexo III. |
| 2 de agosto de 2028 | Fecha aplazada para requisitos de alto riesgo en productos del Anexo I. |
La cronología oficial del Consejo explica las fechas modificadas. También hay disposiciones con reglas transitorias o plazos específicos; revisa la versión vigente del texto antes de tomar una decisión.
Cómo organizar una primera revisión
- Inventaría sistemas y usos de IA confirmados, con su fuente y responsable.
- Describe el papel de tu organización para cada sistema.
- Examina prácticas prohibidas, posible alto riesgo y transparencia según el caso.
- Vincula cada posible obligación con documentos, pruebas y una persona que los revise.
- Prioriza por fecha aplicable y conserva las decisiones y sus motivos.
Los importes del artículo 99 son techos de sanción, no multas automáticas por una brecha documental. La evaluación de conformidad, cuando corresponda, tiene su propio proceso y no se sustituye con un informe generado por software.
Fencia ayuda a ordenar documentos compatibles y posibles hallazgos frente a requisitos seleccionados del EU AI Act. No cubre todo el reglamento, no clasifica definitivamente cada sistema ni certifica conformidad. Consulta el flujo y sus límites.
Fuentes oficiales: Reglamento de IA en EUR-Lex; cronología del Consejo de la UE.